A la hora de emprender todos se hacen la misma pregunta: ¿empezar como autónomo o constituir una sociedad?  Y aún después de comenzar con la actividad se la siguen preguntando.

No hay una fórmula que permita determinar con exactitud el tipo de forma jurídica más adecuado para constituir una empresa ya que depende de una serie de factores económicos, personales y comerciales.

Para tener claro esta decisión hay que fijarse en varios factores, en primer lugar, tener en cuenta los gastos iniciales en los que vamos a incurrir, las obligaciones administrativas que vamos a tener frente a Hacienda etc., la responsabilidad en el caso de que nos veamos con deudas, la capacidad de negociación o las personas implicadas en nuestra actividad…

 

En este caso nos vamos a centrar en lo que más nos preocupa a todos: Ver con qué forma se pagan menos impuestos.

 

En el caso de un autónomo tributan como rendimientos de actividades económicas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), este impuesto se trata de pagar según los beneficios que se obtenga, si mayor es el beneficio más cantidad hay que pagar.

El coste para constituirnos como autónomos es menor que para sociedad, ya se hable de coste de gestoría, coste de cuotas frente a seguridad social (cuota de autónomo) …

En el caso de una sociedad, tributa en el Impuesto sobre Sociedades (IS) a un tipo fijo del 25%, cuando se traten de sociedades de nueva creación o que sea su primer periodo impositivo en que la base imponible resulte positiva el porcentaje será de 15% en vez de 25%, esto solo sucederá durante los dos primeros años en que dicha base imponible sea positiva.

En este caso el coste para constituirnos como SL, con antelación ya tenemos que contar con el capital que debemos aportar que como mínimo debe ser 3000€, la cantidad que se paga de cuota de autónomo a diferencia de la de autónomo es mayor.

También hay que tener cuidado porque al formar una sociedad la persona que este como socio trabajador de la sociedad también tendrá que tributar por IRPF, por la remuneración recibida (el importe que cobre en nómina) y si llega el caso que la sociedad obtenga beneficios y esos beneficios se los reparte también tendrá que tributar por ellos a nivel personal.

Con las salvedades indicadas, se dice que es más aconsejable si no se tiene muy claro, empezar como autónomo y en el momento que se vea que la facturación fiscal en el IRPF es más alta y que el negocio se vea más estabilizado, plantearse constituirse en sociedad.

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