Licencia de apertura y de actividad son dos permisos administrativos estrechamente ligados entre sí.
La licencia de actividad es un permiso expedido por el Ayuntamiento que certifica que una empresa es apta para llevar a cabo una determinada actividad económica. Por su parte, la licencia de actividad es el permiso que concede la misma Administración para que un local pueda abrir sus puertas al público. Por tanto, siempre que se ejerce una actividad económica abierta al público, es necesario contar con la licencia de apertura. Por ejemplo, para poner en funcionamiento un bar o un centro médico.
Los requisitos para que puedan aprobar el permiso son bastante complejos, pero se pueden sintetizar de la siguiente manera:
Sin la licencia, el establecimiento no puede abrir al público. De hecho, un establecimiento que no cuente con el correspondiente permiso administrativo será precintado hasta que se hagan los trámites pertinentes y, además, se puede llegar a imponer una multa al responsable.
La obtención de la licencia requiere hacer una serie de trámites. En primer lugar, hay que hacer una adecuación del establecimiento a los requisitos legales que establece la normativa para ejercer la actividad de que se trate. Pueden variar de un negocio a otro, así que el primer paso indispensable es dejarse asesorar por expertos en la materia.
Por otro lado, obtener el permiso del Ayuntamiento para poder abrir el local al público requiere llevar a cabo una serie de trámites burocráticos que el emprendedor suele desconocer y para los que, con frecuencia, no dispone de tiempo. A fin de evitar posibles retrasos por no presentar los papeles a tiempo, o causados por errores en la documentación, lo mejor es dejar esta tarea en manos de especialistas.
Dónde Estamos
Nuestro Equipo
“Apuesto por la humanidad y admiro la inteligencia del ser práctico. Valoro el esfuerzo y la superación”.
© 2024 Lomas Asesores y Consultores. Mapa del Sitio